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Jueves, 16 de mayo de 2019

El Tribunal Administrativo de Santander exhorta al Área Metropolitana, como autoridad ambiental urbana, a concluir proceso sancionatorio por contaminación de la quebrada El Palmar de Girón


El Tribunal resolvió la acción popular que denunció daño ecológico en la citada fuente hídrica, por vertimiento de aguas residuales domésticas no tratadas en la PTAR del establecimiento penitenciario Palogordo de Girón.

#AutoridadAmbiental | Mediante fallo de primera instancia promulgado el 8 de mayo del año 2019, el Tribunal Administrativo de Santander resolvió la demanda que a través de una acción popular fue radicada, invocando la protección de los derechos e intereses colectivos al goce de un ambiente sano y a la salubridad pública, al denunciar un «Daño ecológico y ambiental a la quebrada EI Palmar de Girón, por vertimiento de aguas residuales domésticas no tratadas» en la PTAR del establecimiento penitenciario de Palogordo (EPAMS).

En la misma sentencia, el Tribunal exhorta al Área Metropolitana de Bucaramanga, en ejercicio de su competencia como autoridad ambiental urbana, a concluir, «si no lo ha hecho, el proceso sancionatorio ambiental» correspondiente, por la contaminación de la quebrada El Palmar, además de diseñar un programa conjunto con el Municipio de Girón, destinado a «recuperar los elementos naturales de la citada fuente hídrica, que han sido afectados por el vertimiento de aguas residuales domésticas», el cual debe ser ejecutado con recursos de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios -USPEC-  y del INPEC-EPAMS de Girón.

Cabe recordar que actuando en el ejercicio de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica 1625 del año 2013 (Ley de Áreas Metropolitanas), en su condición de autoridad ambiental urbana el AMB realizó visitas técnicas a la EPAMS Girón, informó oportunamente sus resultados a las autoridades, al determinar que la PTAR funciona sin contar con permiso de vertimientos y tiene conexiones erradas de aguas residuales domésticas, e inició un proceso sancionatorio «por incumplimiento de pasivos ambientales».

El proyecto de descontaminación y recuperación de la fuente hídrica afectada «debe ser definido dentro de los seis (6) meses siguientes a la ejecutoria de esta providencia, y debe desarrollarse en el lapso que técnicamente sea necesario», señala el Tribunal Administrativo de Santander, en la parte resolutiva de la Acción Popular radicada en el expediente N° 680012333000-2017-00722-00.

}De esta manera el Área Metropolitana de Bucaramanga reitera que, como autoridad urbana en el Municipio de Girón, no es responsable de la violación de los derechos colectivos que se prueban en el proceso, de los que según se argumenta, tienen origen en el mal funcionamiento de la PTAR de la EPAMS Girón.

El Tribunal Administrativo de Santander enfatiza que por la actividad de la PTAR de la EPAMS Girón se continúa causando un daño ecológico a la quebrada EI Palmar y un riesgo de daño ambiental, sobre la salud de la comunidad residente aguas abajo del sector donde dicho establecimiento carcelario realiza el vertimiento de aguas residuales domésticas. Esto –concluye- «supone una violación a los derechos colectivos, al goce del medio ambiente sano y a la salubridad pública».

 

Leer en PDF: Fallo del Tribunal Administrativo de Santander.

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TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA Exp. No. 680012333000-2017-00722-00 2019-05-16 613 KB 305 descargas

 

¡Somos autoridad ambiental urbana!

Ley orgánica 1625 del año 2013

 

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