ATENCIÓN Y VALORACIÓN DE FAUNA SILVESTRE 

 

CARACOL AFRICANO 

 

 

Como entidad ambiental urbana el AMB lidera la campaña ‘Te quiero libre’ que hace una invitación a la comunidad para la no tenencia de fauna silvestre en cautiverio debido al peligro que representa para su supervivencia.

La tenencia de fauna silvestre en Colombia es considerada un ilícito según la Ley 1453 del 2011, Artículo 29. El artículo 328 del Código Penal quedará así: Artículo 328. Ilícito aprovechamiento de los recursos naturales renovables. El que con incumplimiento de la normatividad existente se apropie, introduzca, explote, transporte, mantenga, trafique, comercie, explore, aproveche o se beneficie de los especímenes, productos o partes de los recursos fáunicos, forestales, florísticos, hidrobiológicos, biológicos o genéticas de la biodiversidad colombiana, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses y multa hasta de treinta y cinco mil (35.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Solicitud Denuncias o Entregas Voluntarias Faunas Silvestre 

     

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