Historia

En la ordenanza No. 020 del 15 de Diciembre de 1981, (“Por medio de la cual se dispone el funcionamiento del Área Metropolitana de Bucaramanga”), dispónese el funcionamiento del Área Metropolitana de Bucaramanga compuesta de los siguientes Municipios: Bucaramanga, Floridablanca y Girón.

En el Artículo 2º de esta misma ordenanza, establece que el Área Metropolitana de Bucaramanga, debe regirse por las normas del Decreto Ley 3104 de 1979 y otras disposiciones.
Los municipios del Área Metropolitana como polos industriales o de servicios industrializados para conformar un territorio con visión del futuro y abierto al mundo, del bienestar y del conocimiento para un desarrollo tecno-económico, endógeno, ambientalmente sustentable, físicamente agradable y moderno, institucional y socialmente cohesionado que le permita a sus habitantes convivir con equidad para lograr un desarrollo individual y colectivo sostenible.

Es importante anotar, que la planeación aplicada durante más de dos décadas, permitió desarrollar una cultura de respeto por la integridad territorial, además de poder mostrar una ciudad metropolitana conformada por cuatro cascos urbanos ordenada en términos generales, para a la vez, con muchos inconvenientes generados por efectos de un modelo normativo diseñado para una visión casi exclusivamente urbana, que no previó los acelerados cambios sociales, económicos y coyunturales de la región mediante mecanismos de una dinámica y preventiva planeación.

Para definir un perfil estratégico metropolitano, se deben contextualizar desde el punto de vista estructural los aspectos que definen una directriz de desarrollo para la región, el Área y los Municipios, lo cual es indispensable en el momento de fijar un modelo de ocupación territorial.

El Plan de Desarrollo del Área Metropolitana de Bucaramanga, concebido para un horizonte de ejecución hasta el año 2010. Está conformado tanto por una PARTE ESTRATÉGICA – que contiene el conjunto armónico e integrado de objetivos, estrategias, políticas, programas y proyectos que debe ejecutar el AMB para el cumplimiento de las funciones y el logro de los propósitos que le han sido constitucional y legalmente asignados, como por un PLAN DE INVERSIONES – en donde se presentan par cada año los proyectos a ejecutar, con sus respectivas erogaciones y las fuentes de financiamiento.

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